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¡Si copiás un CD, te vas a la cárcel!

Enviado por marcelo el Vie, 02/15/2008 - 00:03.

La reforma propuesta al artículo 61 de la actual ley de derechos de autor reza:

"Será sancionado con prisión de uno a cinco años, quien de cualquier forma, altere, suprima, modifique o deteriore los mecanismos de protección electrónica o las señales codificadas de cualquier naturaleza que los titulares de derechos de autor, artistas, intérpretes, ejecutantes o productores de fonogramas hayan introducido en las copias de sus obras, interpretaciones o fonogramas, con la finalidad de restringir su comunicación, reproducción o puesta a disposición del público, salvo que se trae de funcionarios de bibliotecas, archivos e instituciones educativas sin fines de lucro u organismos públicos de radiodifusión o comerciales sin fines de lucro." (Expediente 16117)

Esto ha sido modificado en comisión, pero las actas relevantes todavía no se encuentran disponibles al público a través de la página web de la Asamblea, pero para los efectos de esta discusión la versión modificada no dista mucho de esta.

¿Qué implica el texto citado? Es más fácil dar algunos ejemplos:

  • Los CDs que uno compra en la tienda hoy en día traen casi todos un mecanismo de protección contra copia. Este mecanismo es sumamente débil y eso hace que la mayoría de las personas que "ripean" un disco ni siquiera se enteren que está allí. Bajo el nuevo texto, esa acción es penada con cárcel.
  • Casi la totalidad de los DVDs en el mercado traen no uno sino varios mecanismos para controlar cómo y dónde se puede reproducir un DVD. Ese mecanismo es igualmente débil y hoy en día nadie puede sostener de buena fe que cumple la función para la cual fue diseñado. Sin embargo, bajo el texto reformado, "saltarse" ese mecanismo es penado con cárcel. Y más de una persona hace esto sin siquiera saberlo.
  • Muchos programas de cómputo traen sistemas simplísismos de protección contra copias y usos no autorizados. La mayoría de los usuarios en Costa Rica suprimen ese mecanismo sin siquiera saberlo. Y eso es penado con cárcel.

En comisión se han introducido otras bellezas de esta clase en la ley propuesta.

  • Hace pocos días un diputado del PAC trató de convencer a otros diputados que no tiene sentido que una persona haciendo copias para uso personal vaya a la cárcel cuando el problema está más bien en la gente que hace esas copias con fines de lucro. Los otros diputados no opinan igual.
  • En otro caso, otro diputado del PAC proponía que en los casos donde las medidas de protección que son suprimidas no son razonablemente eficaces en la práctica, entonces no se apliquen estas penas. La propuesta no tuvo apoyo suficiente y no pasó.
  • Otra prouesta que tampoco fue de recibo buscaba establecer un plazo razonable de tiempo para informar a la gente de las nuevas reglas, pues tal y como está ahora, si la ley pasa, todo esto entra a funcionar en forma immediata.

Y así en otro tanto de casos similares.

El caso parece ser que, al igual que en UPOV, nos quieren mandar a la cárcel por delitos delitos comparativamente modestos, si se piensa por ejemplo otros que ponen en peligro la vida de las personas, como lo pueden ser asaltos violentos, conducción temeraria o bajo los efectos del licor o delitos que afectan a la sociedad como un todo, como son la evasión fiscal de grandes dimensiones o los actos de corrupción en los estratos superiores del gobierno.

Estamos haciendo algo mal como sociedad si queremos castigar a alguien que copia CDs a su computadora para uso personal pero dejamos impunes delitos como los mencionados, ¿no?

Marcelo — http://blog.ksub.org/marcelo/

es que nos dejamos meter estos proyectos así como así... ¿qué no hay buenas noticias ya? Es que de veras...  

 

 

 

"La derrota tiene algo positivo, nunca es definitiva. En cambio la victoria tiene algo negativo, jamás es definitiva"
José Saramago.

Enviado por Carofh el Vie, 02/15/2008 - 18:26.

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